Convocadas las ayudas para inversiones productivas en acuicultura en Cantabria, cofinanciadas por el FEMP 2014-2020 para 2018

02/03/18


El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó ayer, 28 de febrero, el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 19 de febrero, por la que se convocan ayudas para inversiones productivas en acuicultura en Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), para el año 2018.

Tendrán la condición de beneficiarios de estas ayudas las pymes acuícolas que cumplan con las condiciones previstas en esta Orden y no concurran en ellas ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Por otro lado, es objeto de la presente Orden aprobar la convocatoria, para el año 2018, de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las inversiones productivas en acuicultura; diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas; modernizar los centros acuícolas; mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes; inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor, y recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.

Las bases reguladoras de las ayudas para inversiones productivas en acuicultura en Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, están recogidas en la Orden MED/20/2017, de 5 de junio (BOC n.º 115 de 15 de junio de 2017).

Cuantía

Las subvenciones a conceder durante el presente ejercicio se abonarán con cargo a Ayudas Estructurales en el sector de la Pesca, con una cuantía total máxima de 500.000 euros.

Las ayudas convocadas en la presente Orden serán compatibles con cualquier otra concedida por otras administraciones públicas o por entidades públicas o privadas, incluso si tienen financiación parcial o total de fondos procedentes de otro instrumento financiero comunitario, siempre que la suma total de las ayudas no supere la intensidad máxima establecida en el texto normativo.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir de hoy, día 1 de marzo, siguiente al de la publicación en el BOC del extracto de la convocatoria, utilizando para ello el modelo normalizado que se recoge en el anexo I, el cual se podrá obtener, en las dependencias del Servicio de Actividades Pesqueras de la Dirección General de Pesca y Alimentación, así como a través de Internet en la dirección: www.gobcantabria.es.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), y en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la Orden.

Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.




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