El Gobierno de Cantabria establece el procedimiento para acreditar a los técnicos que certifican la eficiencia energética de los edificios

01/08/26


La nueva instrucción persigue garantizar la correcta implantación del nuevo sistema estatal de acreditación (Foto: Oficina de Comunicación)

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado esta semana la resolución de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, por la que se aprueba la instrucción de la Dirección General de Industria, Energía y Minas que regula la presentación de las declaraciones responsables de los técnicos competentes para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, adaptando así el procedimiento en Cantabria al nuevo marco normativo estatal.

La resolución establece que los profesionales con domicilio fiscal en Cantabria deberán presentar obligatoriamente su declaración responsable a través del procedimiento electrónico habilitado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que será el único canal válido para acreditar su condición de técnico competente.

La instrucción responde a la modificación del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios introducida por el Real Decreto 659/2025, que establece un nuevo sistema de acreditación de los técnicos competentes mediante la presentación de una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde el profesional tenga su domicilio fiscal.

En aplicación de esta normativa, el Gobierno de Cantabria ha decidido utilizar el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, lo que permitirá una gestión más eficiente de las altas y bajas de profesionales y facilitará las tareas de control e inspección en todo el territorio nacional.

La presentación de la declaración responsable constituye un requisito previo y obligatorio para ejercer como técnico competente en la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Una vez presentada correctamente, la acreditación habilita al profesional para desarrollar esta actividad en cualquier punto del territorio nacional.

Por el contrario, los certificados energéticos emitidos por personas que no hayan cumplido este requisito no podrán ser admitidos para su inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de los Edificios de Cantabria, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación que correspondan.

La nueva instrucción persigue garantizar la correcta implantación del nuevo sistema estatal de acreditación, asegurar la integración automática de la información en el registro centralizado y reforzar los principios de eficacia, eficiencia y simplificación administrativa.

Además, establece que no se admitirán declaraciones responsables presentadas por vías distintas al procedimiento electrónico habilitado por el Ministerio, evitando duplicidades y asegurando una gestión uniforme en todo el territorio nacional.

El consejero del ramo, Eduardo Arasti, ha destacado que esta instrucción permite adaptar "de forma inmediata" la gestión autonómica al nuevo sistema establecido por el Estado, "ofreciendo seguridad jurídica a los profesionales y garantizando una tramitación más ágil, homogénea y plenamente digital".

"La certificación energética de los edificios desempeña un papel fundamental para avanzar hacia un parque inmobiliario más eficiente, reducir el consumo energético y contribuir a los objetivos de descarbonización y transición energética", ha subrayado Arasti, quien ha señalado que, con esta medida, el Gobierno de Cantabria continúa avanzando en la digitalización de los procedimientos administrativos y en la implantación de un modelo "más ágil y seguro" para los profesionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la eficiencia energética de los edificios.




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