El Ayuntamiento ordena el desalojo preventivo y el apuntalamiento del edificio ubicado en el número 8 de la calle Santa Clara

El Ayuntamiento de Santander ha ordenado el desalojo preventivo del número 8 de la calle Santa Clara y ha requerido a la empresa propietaria para que proceda a su apuntalamiento y adopte las medidas necesarias para garantizar la seguridad estructural del inmueble y evitar riesgos para las personas o los bienes.
En la actualidad, el edificio se encuentra ocupado únicamente por tres viviendas en régimen de alquiler y locales comerciales.
Así lo ha anunciado el concejal de Fomento, Agustín Navarro, quien ha explicado que la decisión se adopta a la vista de los informes realizados por los técnicos municipales y de la documentación aportada por la dirección facultativa de la obra que se ejecuta en el inmueble, que considera técnicamente necesario mantener desalojado el edificio durante las operaciones de apuntalamiento y estabilización estructural que impliquen intervenir sobre elementos resistentes o realizar transferencias de cargas.
El Ayuntamiento establece un plazo máximo de 48 horas para hacer efectivo el desalojo y un plazo de dos semanas para realizar el apuntalamiento completo e incorporar las medidas adicionales que resulten necesarias para garantizar la seguridad.
Navarro ha explicado que la empresa propietaria adquirió la totalidad del edificio, en el que continúan residiendo los inquilinos de tres viviendas y donde permanecen en uso locales comerciales.
Posteriormente, inició obras de reforma interior y, una vez efectuadas demoliciones de tabiquería en una parte considerable del inmueble, las pruebas realizadas para conocer el estado de los materiales que componen la estructura pusieron de manifiesto que, en la situación actual, no puede garantizarse la seguridad del edificio.
Ante esta situación, se determinó la necesidad de apuntalar en primer lugar el edificio completo y realizar además un estudio que permita determinar las actuaciones de refuerzo estructural.
A propuesta de la dirección facultativa, quien expresa que es necesario que no permanezcan en el interior personas ajenas a las obras a la vista del estado de la estructura, los técnicos municipales han ordenado el desalojo, con un plazo de 48 horas para hacerse efectivo.
“Nuestra obligación es anteponer la seguridad de los vecinos y conseguir que puedan regresar a sus casas cuanto antes y con todas las garantías”, ha señalado Navarro.
Navarro ha incidido en que los servicios municipales realizarán un seguimiento de las actuaciones que se ejecuten durante los próximos días para comprobar el cumplimiento de la orden y verificar que se han adoptado el apuntalamiento y las medidas adicionales necesarias antes de permitir la nueva ocupación de las viviendas.
“Ahora nuestra prioridad absoluta son las personas afectadas. Vamos a exigir a la propiedad que actúe con la máxima rapidez para garantizar la seguridad del edificio y reducir al mínimo posible las molestias y el tiempo que los vecinos tengan que permanecer fuera de sus hogares”, ha concluido.
Una vez transcurridos doce días desde esta orden de ejecución sin que ésta haya sido cumplimentada en los términos estipulados, el Ayuntamiento podrá imponer a la propiedad una primera multa de 3.000 euros, de acuerdo con el artículo 254.6 de la Ley 5/2022, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria. De persistir esta situación, la sanción podrá imponerse de forma reiterada hasta alcanzar el límite del valor de las obras que deban ejecutarse a costa de los propietarios en cumplimiento de su deber legal de conservación.
Asimismo, el Ayuntamiento pondrá a disposición de la propiedad y de los inquilinos afectados los servicios sociales municipales, con el fin de prestarles el apoyo y la atención que puedan necesitar durante el tiempo en que deben permanecer fuera del inmueble.
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