La alcaldesa considera que el Consejo de Estado respalda la actuación del Ayuntamiento sobre la resolución del contrato de basuras
La alcaldesa de Santander, Gema Igual, ha considerado hoy que el dictamen del Consejo de Estado sobre la resolución del contrato de limpieza viaria, recogida y transporte de residuos urbanos respalda la postura del Ayuntamiento y avala las acciones que se han venido llevando a cabo ante los incumplimientos por parte de la empresa.
“Hemos trabajado con diligencia, con transparencia y con toda la firmeza legal y lo vamos a seguir haciendo hasta conseguir que Santander alcance los máximos estándares de calidad en limpieza, tal y como ha sido nuestro objetivo desde el minuto uno de todo este proceso”, ha remarcado la alcaldesa.
Igual ha recordado que el expediente de resolución del contrato arranca desde la Concejalía de Medio Ambiente y se recoge en el plan de acción aprobado por la Alcaldía, a resultas del informe de fiscalización del contrato elaborado por la Intervención municipal.
Ha subrayado, además, que ya en los años 2014 y 2015 se impusieron las primeras penalizaciones, que la empresa concesionaria recurrió ante los juzgados, y que, en todos los casos, fueron confirmadas por los tribunales.
Además, desde el año 2018, se han tramitado otros 21 expedientes de penalización, como resultado de los informes que ha ido emitiendo la empresa de control. En la mayoría de estos casos, la concesionaria también presentó recursos judiciales que, de nuevo, dieron la razón al Ayuntamiento en su proceder.
“Consideramos, por tanto, que queda claro en el expediente de resolución del contrato que su ejecución no ha sido pacífica, como alegaba la empresa, puesto que ya prácticamente desde su inicio, el Ayuntamiento detectó y sancionó incumplimientos que ahora ratifica el Consejo de Estado”, ha añadido Igual.
“Hasta llegar a este punto, el Ayuntamiento ha tratado por todos los medios posibles: requerimientos, penalizaciones, detracciones en el pago de las facturas… de que la empresa concesionaria cumpliera con las obligaciones del contrato”, ha afirmado.
La regidora santanderina ha explicado que, al no lograrlo y ante la persistencia y el carácter sustancial de los incumplimientos, el Ayuntamiento tuvo que optar por proponer la resolución del contrato.
Igual ha apuntado que, a partir de ahora, lo que se hará es cumplir con el dictamen del Consejo de Estado: resolver el contrato por causa imputable al contratista, retener la garantía, liquidar el contrato y determinar los daños y perjuicios causados al Ayuntamiento, acciones que se llevarán a cabo con la mayor agilidad posible.
Para ello, la propia alcaldesa esta misma mañana ha estado en contacto con los diferentes servicios municipales implicados en la tramitación administrativa necesaria para dar cumplimiento al dictamen del Consejo de Estado, con el fin de que, cuanto antes, puedan ejecutarse estas directrices.
Asimismo, y como se ha venido haciendo hasta ahora, se dará traslado de todos estos aspectos a los grupos políticos municipales en la próxima Comisión de Desarrollo Sostenible, que se celebrará el lunes 27 de septiembre.
Dictamen
El dictamen del Consejo de Estado establece que el procedimiento para la resolución del contrato se ha tramitado con sujeción a lo previsto en el ordenamiento jurídico aplicable, incorporando todos los informes que justifican la decisión adoptada por el Ayuntamiento, concediendo audiencia al adjudicatario y a sus avalistas, valorando las alegaciones y acordando su remisión al organismo estatal dentro del plazo fijado.
También estima que el objeto del contrato era mantener unos altos estándares de limpieza en la ciudad, tal y como quedó establecido en el pliego de prescripciones técnicas, y que tres de las obligaciones esenciales se han incumplido.
La primera es la obligación de vaciar diariamente las papeleras y desinfectarlas, como mínimo, cuatro veces al año, un incumplimiento que ha quedado acreditado por los informes aportados por el Ayuntamiento y ratificado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander.
El segundo incumplimiento considerado esencial por el Consejo de Estado es la falta de desarrollo de la aplicación informática que permite gestionar la información sobre la prestación del servicio de limpieza, lo que, a su juicio, también ha quedado suficientemente acreditado en relación con los términos que se expresan tanto el contrato como el pliego de prescripciones técnicas.
En cuanto al tercero, que afecta al mantenimiento y limpieza del parque de contenedores, obligación también fijada en el pliego de cláusulas, para el órgano estatal queda constatado no solo el incumplimiento sino la deficiencia persistente, dado que la empresa no dispone de lava-contenedores desde 2016, lo que supone otro incumplimiento esencial del contrato.
De otro lado, el Consejo de Estado también estima que los hechos acreditan otros incumplimientos de las obligaciones impuestas al adjudicatario en cuanto a los medios personales y materiales, que ya fueron penalizados por el Ayuntamiento entre julio de 2014 y mayo de 2015.
Por todo ello, el órgano estatal dictamina en primer lugar que procede resolver el contrato por causa imputable al contratista con retención de la garantía constituida e indemnización de los daños y perjuicios causados a la Administración.
En este sentido y tras la liquidación del contrato, se deberá instruir el correspondiente procedimiento para determinar los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento, haciéndose efectivos en primer término, con cargo a la garantía prestada, y, en caso de ser superior, reclamando su importe a la adjudicataria hasta la cuantía correspondiente.
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