Cultura destina 150.000 euros para dotación y equipamiento de bibliotecas y archivos de Entidades Locales

12/05/25


Cultura destina 150.000 euros para dotación y equipamiento de bibliotecas y archivos de Entidades Locales. Foto: Oficina de comunicación

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, destina un total de 150.000 euros para dotar la orden de subvenciones destinada a la dotación y equipamiento de edificios destinados a usos bibliotecarios y archivístico de entidades locales de Cantabria.

Según el extracto publicado en la edición del Boletín Oficial de Cantabria de hoy, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Entidades Locales de Cantabria que cumplan con lo establecido en el artículo 1.1 de la Orden UIC/18/2021, de 16 de abril (Boletín Oficial de Cantabria núm. 79, de 27 de abril).

Serán actividades subvencionables todas aquellas actividades que tengan por objeto la adquisición o renovación de mobiliario y equipamiento para bibliotecas o archivos dependientes de dichas Entidades Locales, tales como equipamiento informático de sobremesa: ordenadores de sobremesa, pantallas, teclados, ordenadores portátiles, lectores de códigos de barras, impresoras y otros periféricos destinados a la gestión automatizada del archivo o la biblioteca objeto de esta convocatoria.

Dispositivos de reproducción de documentos (escáner, cámara fotográfica digital específicos para las Bibliotecas y Archivos objeto de estas bases). Mobiliario (estantería tradicional y/o compacta homologada y planeros) específicos.

Equipamiento de control medioambiental para los depósitos de custodia de fondos bibliográficos y documentales: medidores de temperatura y humedad, deshumidificadores, etc., específicamente destinados para los archivos y bibliotecas objeto de esta convocatoria.

Sistemas de seguridad para los depósitos de fondos bibliográficos y documentales (protección contra-incendios, alarmas, cámaras de vigilancia) específicamente destinados para los archivos y bibliotecas objeto de esta convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Ofcial de Cantabria el presente extracto.




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