Convocada una nueva línea de ayudas de hasta 9.000 euros para impulsar el comercio electrónico del sector comercial minorista

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la orden de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio por la que se convoca una nueva línea de subvenciones, dotada con 70.000 euros, destinada a impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de la Comunidad Autónoma.
La convocatoria de la Dirección General de Comercio y Consumo forma parte del I Plan de Empleo Autónomo de Cantabria y se puede encontrar en la plataforma de la Oficina Virtual del Autónomo de Cantabria (https://autonomos.cantabria.es/).
Su objetivo es favorecer la transformación digital del comercio cántabro y facilitar que los pequeños negocios puedan comercializar sus productos y servicios a través de internet, integrando la actividad presencial con los nuevos canales digitales.
A pesar de que el comercio minorista constituye un sector estratégico para la economía regional por su contribución al empleo, la actividad económica y la cohesión territorial, la creciente evolución de los canales digitales de comercialización hace necesario reforzar el apoyo a las empresas para que incorporen herramientas tecnológicas que faciliten su presencia en internet y mejoren su capacidad de venta a través de medios electrónicos.
Para ello, la convocatoria establece una inversión mínima subvencionable de 1.500 euros, IVA excluido, y una ayuda que podrá alcanzar, con carácter general, el 50 por ciento del gasto subvencionable, con un máximo de 5.000 euros por beneficiario.
El porcentaje podrá elevarse hasta el 60 por ciento cuando la empresa esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo a través de la Junta Arbitral de Consumo de Cantabria y pertenezca a una asociación de comerciantes inscrita en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria.
Además, con el objetivo de garantizar el máximo aprovechamiento del crédito disponible, la convocatoria contempla la posibilidad de incrementar la intensidad de las ayudas si existe remanente presupuestario. En ese caso, podrán alcanzar hasta el 70 por ciento del gasto subvencionable con carácter general y hasta el 80 por ciento para las empresas que cumplan los requisitos adicionales vinculados al Sistema Arbitral de Consumo y a la pertenencia a una asociación de comerciantes. En este supuesto, la cuantía máxima podrá llegar a 9.000 euros por beneficiario.
Entre las actuaciones que podrán recibir apoyo, se encuentran el diseño, desarrollo, implantación o rediseño de páginas web con funcionalidades de venta online, así como la implantación de sistemas de comercio electrónico con catálogos digitales, carritos de compra, gestión de pedidos, pasarelas de pago seguro y herramientas de atención al cliente.
También serán subvencionables la integración de la venta online con sistemas de gestión empresarial (ERP), el desarrollo o adaptación de aplicaciones móviles orientadas a la comercialización electrónica, las soluciones de posicionamiento web y marketing digital y las herramientas de gestión de clientes (CRM).
La convocatoria contempla, igualmente, la conexión con plataformas Marketplace y otros canales de venta electrónica de terceros, la adquisición de licencias de software específicamente destinadas al comercio electrónico, así como los gastos relacionados con dominios, certificados de seguridad, alojamiento web y determinadas soluciones de seguridad informática.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas empresas y autónomos del sector del comercio, los servicios complementarios al comercio y la venta ambulante que tengan menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocio anual o balance general sea inferior a 10 millones de euros, con las excepciones y condiciones previstas en la convocatoria.
En el caso del comercio minorista y los servicios complementarios, el establecimiento deberá estar situado en Cantabria y permanecer abierto al público.
La convocatoria incluye una amplia relación de actividades comerciales y de servicios, entre ellas el comercio de productos alimenticios y bebidas, el comercio de productos industriales no alimenticios, agencias de viajes, alquiler de bienes de consumo, lavanderías y tintorerías, peluquerías y centros de belleza, servicios fotográficos y servicios de enmarcación.
También podrán beneficiarse las empresas de comercio no sedentario, exclusivamente en las modalidades de venta en mercadillos y comercio itinerante mediante vehículos-tienda, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Serán subvencionables los gastos vinculados a las actuaciones objeto de la convocatoria que hayan sido realizados y efectivamente pagados por el beneficiario desde el 1 de enero de 2026 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Entre los gastos contemplados figuran los servicios de consultoría y asistencia técnica especializada, formación del personal necesaria para el mantenimiento de las soluciones implantadas, software de gestión comercial integrado con la venta online, licencias, servicios cloud, dominios, alojamiento, configuración técnica de canales de venta y determinadas actuaciones de seguridad informática.
Quedan excluidos, entre otros, la adquisición de equipos informáticos, teléfonos móviles y tablets, el mantenimiento ordinario de páginas web que no incorporen nuevas funcionalidades de venta online, las comisiones por ventas de plataformas de terceros, el IVA, los gastos corrientes de funcionamiento, los gastos financieros y los gastos de personal propio.
El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC, fecha a partir de la cual los interesados podrán conocer las condiciones, requisitos y plazos establecidos para acceder a estas ayudas destinadas a fomentar la digitalización del comercio minorista.
La concesión se realizará mediante concurrencia competitiva y procedimiento abreviado, atendiendo a la prelación temporal de las solicitudes que cumplan los requisitos, hasta el agotamiento del crédito disponible.
Refuerzo de la competitividad comercial
El consejero del ramo, Eduardo Arasti, ha destacado que esta iniciativa pretende ayudar al pequeño comercio cántabro a afrontar con mayores garantías los retos de la transformación digital, facilitando la incorporación de herramientas tecnológicas que permitan ampliar sus oportunidades de negocio y mejorar su competitividad en un mercado cada vez más digitalizado.
"La digitalización ya no es una opción para el comercio, sino una herramienta fundamental para mejorar su competitividad, llegar a nuevos clientes y ampliar las posibilidades de venta", ha subrayado Arasti, quien se ha mostrado partidario de que los pequeños comercios puedan aprovechar las oportunidades que ofrece internet "sin perder la cercanía y la atención personalizada que los caracteriza".
En este sentido, ha señalado que el objetivo del Gobierno de Cantabria es acompañar a los comerciantes en ese proceso de transformación, especialmente a las pequeñas empresas y autónomos, "que son quienes pueden tener más dificultades para afrontar por sí solos este tipo de inversiones".
"Queremos que esta convocatoria tenga una aplicación práctica y que las ayudas sirvan para poner en marcha o mejorar canales de venta realmente operativos", ha explicado Arasti, quien ha puntualizado que "no se trata simplemente de tener presencia en internet, sino de que esa presencia se traduzca en nuevas oportunidades comerciales, una mejor experiencia de compra y mayor competitividad para nuestros negocios".
Toda la información sobre la ayuda está disponible en la página web de la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria (https://www.comercioyconsumodecantabria.es/), así como en sus perfiles de redes sociales (Instagram, Facebook, X (Twitter) y LinkedIn).
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