El Gobierno de Cantabria destina más de un 1 millón de euros al fomento de la creación de nuevas cooperativas y sociedades laborales

10/04/25


Las ayudas contempladas en la presente orden se extenderán a todas las acciones subvencionables realizadas a partir del día 1 de julio de 2024 hasta el 30 de abril de 2025 (Foto: Oficina de Comunicación)

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado esta semana la orden de la Consejería de Industria, Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales con el fin de incrementar las ayudas destinadas a fomentar la constitución de cooperativas y sociedades laborales, conseguir la consolidación económica de las ya existentes, fomentar la capacidad emprendedora y generar empleo de calidad.

Las ayudas, con un importe total de 1.034.650 euros, están dirigidas a la constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales, así como a la incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo, además de para la realización de inversiones en este tipo de entidades.

La principal novedad de la orden de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo para este año es que las ayudas se incrementan en 10.000 euros para la realización de inversiones en cooperativas y sociedades laborales, al pasar de 25.000 a 35.000 euros, además de incrementar otras partidas de la orden relativas a la constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales y la incorporación de nuevos socios.

Así, las ayudas pasan de 15.000 a 19.500 euros en el caso de cooperativas o sociedades laborales que agrupen a dos personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que se integren como socios trabajadores o de trabajo en la nueva entidad, incrementándose en 4.500 euros más (antes eran 2.000 euros más) por cada nueva persona con las mismas características que se integre como socio en el momento de la constitución, hasta un máximo de 32.500 euros, cuando antes era de 25.000 euros.

Por la incorporación de socios a cooperativas y sociedades laborales con posterioridad a la constitución de la entidad, por cada socio que se incorpore, se podrán percibir hasta 4.500 euros (antes eran 3.000 euros) cuando la persona incorporada provenga de una situación de desempleo, y en caso de que se trate de personas con discapacidad, jóvenes de entre 16 y 34 años de edad, mujeres con 45 o más años de edad, hombres con 50 o más años de edad o mujeres víctimas de violencia de género, hasta un máximo de 7.500 euros (antes era un máximo de 5.000 euros).

Si la persona incorporada como socio ya era una persona contratada en la cooperativa o sociedad, las ayudas a percibir serán de 3.750 euros (antes eran 2.500 euros), si la modalidad de su contrato hubiera sido de duración determinada o temporal; 3.000 euros (antes eran 2.000 euros), para el caso de trabajadores si el contrato hubiera sido indefinido, y en caso de que se trate de personas con discapacidad, jóvenes de entre 16 y 34 años de edad, mujeres con 45 o más años de edad, hombres con 50 o más años de edad o mujeres víctimas de violencia de género, 6.000 euros para la primera modalidad (antes eran 4.000 euros) y 5.250 euros para la segunda (antes eran 3.500 euros).

Por la creación de cooperativas y sociedades laborales mediante la incorporación de socios que en el momento de la constitución de unas u otras se encuentren desarrollando una actividad como personas trabajadoras por cuenta ajena, como desempleados que estén inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) y en situación de desempleo, o como profesionales autónomos de manera individual o agrupados en sociedades civiles o comunidades de bienes, 13.000 euros (antes eran 10.000 euros), incrementándose en 4.500 euros (antes eran 2.000 euros) por cada persona desempleada e inscrita como demandante de empleo, que se integre como socio trabajador o de trabajo en la nueva entidad en el momento de la constitución, hasta un máximo de 26.000 euros (antes eran 20.000 euros).

Las ayudas contempladas en la presente orden se extenderán a todas las acciones subvencionables realizadas a partir del día 1 de julio de 2024 hasta el 30 de abril de 2025.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC y finalizará el 30 de abril de 2025.

El consejero del ramo, Eduardo Arasti, ha destacado la importancia de estas ayudas para promover la creación de empresas de economía social en la región y potenciar la constitución de entidades de mayor tamaño en el momento de su constitución.

"El apoyo a la economía social y al colectivo del autoempleo debe reforzarse, no sólo por tratarse de un mandato constitucional, sino también por las oportunidades que presentan para crear empleos estables", ha subrayado Arasti, quien ha reafirmado el compromiso del Gobierno de Cantabria de contribuir al desarrollo económico, social y laboral de la Comunidad Autónoma mediante la promoción de una economía social generadora de empresas y empleo de calidad.