Sanidad limita a 10 personas las reuniones sociales, el aforo máximo al 50% en locales públicos y privados y las 23,00 horas como horario de cierre de la hostelería
Limitación de las reuniones sociales y familiares a 10 personas, salvo los grupos de convivencia estable; reducción de los aforos de los establecimientos y locales públicos y privados a un 50%, con la limitación del número máximo de asistentes en función de la actividad que se trate; y cierre de los locales de hostelería y restauración a las 23,00 horas, con prohibición de admitir nuevos clientes a partir de las 10, son algunas de las medidas establecidas por la Consejería de Sanidad y que su titular, Miguel Rodríguez, ha explicado que entrarán en vigor desde las 00.00 del próximo domingo 25 de octubre.
Rodríguez ha justificado estas medidas, que a lo largo del día se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), por la necesidad de controlar la evolución de contagios por COVID-19 en la comunidad autónoma, aunque ha valorado como "muy buena" la situación epidemiológica de Cantabria en comparación con el resto del territorio nacional.
En relación con la limitación de las reuniones a un máximo de 10 personas ha precisado que esta medida, al estar vinculada con el derecho constitucional de reunión, está pendiente de ratificación judicial.
También ha aclarado que esta limitación máxima de grupos de 10 personas no afecta al ámbito educativo, que tiene su propia regulación al igual que el área sociosanitaria.
Sobre los establecimientos de hostelería y restauración, incluidos los hoteles, el consejero de Sanidad ha explicado que las medidas contemplan una limitación del aforo a un 50% en el interior y a un 75% en las terrazas, en las que se establece la prohibición de fumar.
En el interior de estos locales, ha comentado, las mesas no podrán contener más de seis personas y se recoge la prohibición de consumo en barra.
En cuanto a los aforos en velatorios entierros y ceremonias fúnebres se contempla la limitación del 50%, al igual que en las salas de bingo casinos, establecimientos recreativos y juegos y locales específicos y de apuestas, con una ocupación máxima de 6 personas por mesa y con una distancia de 2 metros entre las sillas y las diferentes mesas.
Con respecto a los congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales el aforo también será del 50%, con un número máximo de asistentes de 30
El mismo aforo del 50% se establece para locales comerciales, ampliándose al 75% en mercadillos.
Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada, incluidas las actividades promovidas por las administraciones, el aforo se mantiene en el 50 %, como en el caso de los hoteles, albergues turísticos y residencias de estudiantes.
En relación a la práctica deportiva federada, el titular de Sanidad se ha remitido a lo establecido por el Consejo Superior de Deportes, mientras que en la actividad deportiva no profesional, en aquellos establecimientos con un aforo superior a 3.500 aficionados, como el campo de El Sardinero en Santander y El Malecón en Torrelavega, el aforo se reduce a un 20%.
En estos campos con aforo superior a 3.500 personas y que ven limitado su aforo al 20% de su capacidad, Rodríguez ha precisado que antes de cada partido tiene que haber una evaluación del riesgo correspondiente en cada partido, dejando abierta la posibilidad de que, en función de cómo vaya la evolución de la pandemia, se puedan adoptar medidas para que el partido se celebre sin público.
En el ámbito cultural, el aforo para cines y auditorios es de un 75% con una distancia de separación de 1,5 metros. Este aforo del 75% también se mantiene en bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales.
Restricción de la movilidad nocturna
Sobre la restricción de la movilidad nocturna, Miguel Rodríguez ha valorado como "buena" esta medida para disminuir sustancialmente la celebración de fiestas y de encuentros entre personas una vez que se cierran los establecimientos de hostelería.
En este sentido, ha expresado el posicionamiento favorable de su departamento a esta medida si desde un punto de vista normativo se puede imponer.
Nivel de alerta 2
El consejero de Sanidad ha vinculado la adopción de estas medidas al nivel de alerta 2 que ocuparía Cantabria en relación con los indicadores establecidos por el Ministerio de Sanidad y que se refieren a la evolución epidemiológica de la pandemia y a la situación asistencial en los hospitales.
Dentro de los indicadores relacionados con la evolución epidemiológica en Cantabria ha enumerado la incidencia acumulada de los últimos 14 días, que se sitúa en 240 por 100.000 habitantes y un nivel de riesgo alto; la incidencia acumulada en los últimos 7 días, con 160 casos locales y un riesgo muy alto; la incidencia acumulada hasta 14 días en personas de 65 o más años, con 183 casos y un riesgo muy alto; la incidencia acumulada en personas de 65 o más años para 7 días, con un indicador de 115 y un riesgo muy alto; y la positividad de las pruebas que se utilizan para el diagnóstico covid 19, donde Cantabria presenta una positividad de 10,8% que la sitúa también en un riesgo alto.
En cuanto a los indicadores de la actividad asistencial, Rodríguez ha señalado que el porcentaje de ocupación de camas COVID es de un 4,5%, lo que supone un riesgo bajo; mientras que la ocupación de camas UCI ocupadas por pacientes COVID es de un 9,8%, que supone un riesgo bajo.

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