El BOC publica la convocatoria de 1.064.000 euros en ayudas para empresas que formen a desempleados a la medida de sus necesidades

09/10/19


Oficina del Servicio Cántabro de Empleo. Foto: Oficina de Comunicación

La Consejería de Empleo y Políticas Sociales, a través del Boletín Oficial de Cantabria, ha publicado la orden de ayudas a empresas que impartan formación a desempleados a la medida de las necesidades de la empresa. La subvención, dotada de una cuantía de 1.064.000 euros, incluye un compromiso por parte de la empresa receptora de contratar, al menos, al 60% de los alumnos formados.

Además, pueden optar a estas subvenciones asociaciones empresariales, centros de formación u otras entidades con centros de trabajo que adquieran compromiso de contratación y esto suponga un incremento neto de plantilla.

Estas ayudas se gestionan a través del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) y pretenden ajustar la formación de los desempleados a las necesidades específicas de las empresas mediante acciones formativas, de carácter presencial, que podrán ir orientadas tanto a la obtención de certificados de profesionalidad, como otras formaciones no asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La convocatoria, en régimen abierto, tiene tres plazos para la presentación de solicitudes. El primero, dentro de los diez días siguientes a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria; el segundo, del 1 al 16 de enero y, el tercero, del 1 al 16 de marzo.

La duración de la formación no podrá ser superior a 300 horas, salvo que ésta vaya dirigida a la obtención de un carnet o certificados que faculten la práctica profesional, en cuyo caso podrá alcanzar las 450 horas.

Los colectivos prioritarios para ser receptores de las acciones financiadas son las personas en desempleo de larga duración, personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género, así como personas pertenecientes a otros colectivos especialmente vulnerables, como las personas trabajadoras de baja cualificación profesional o las personas mayores de 50 años.

Se puede consultar el extracto de la orden de estas subvenciones en https://bit.ly/2AVt6JR