El BOC publica la Orden para regular la identificación y acreditación de los Agentes del Medio Natural
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la Orden para regular la identificación y acreditación profesional del personal perteneciente al cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural, escala de Agentes Medioambientales, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en adelante Agentes del Medio Natural.
Con ello, según ha detallado la consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, María Jesús Susinos, se da respuesta a una reivindicación "histórica" que reconoce a este colectivo la posibilidad de identificarse ante cualquier ciudadano como agente de la autoridad, que viene a sumarse a la entrega que se está llevando a cabo actualmente de emisoras de corto alcance para facilitar la comunicación entre las cuadrillas de bomberos forestales.
Susinos ha recordado la necesidad de establecer una adecuada acreditación e identificación del personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Agentes del Medio Natural, requisito "indispensable" para una correcta ejecución de las labores que lleva a cabo este colectivo, así como, garantía jurídica tanto para los ciudadanos como para los propios funcionarios.
Todo el personal deberá estar acreditado de forma permanente mediante la Tarjeta de Identificación Profesional cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones, o bien, cuando se hallen de servicio y servirá para identificar a los Agentes del Medio Natural y acreditar su condición de agentes de la autoridad.
Los Agentes del Medio Natural, cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones, están obligados a portar la Tarjeta de Identificación Profesional y a exhibirla cuando le sea requerido a petición de cualquier interesado. La utilización de la Tarjeta de Identificación Profesional por los Agentes del Medio Natural acredita su condición de agente de la autoridad en los términos expresados en el artículo 3 de la Ley 4/2024, de 8 de noviembre.
El uso de la tarjeta de identificación queda restringido al ejercicio de las funciones que tiene asignadas su titular como Agente del Medio Natural.
Además, cada Agente del Medio Natural en activo dispondrá un Número de Identificación Personal (NIP), que consiste en un código alfanumérico aleatorio compuesto por 2 letras y cuatro números, siendo personal e intransferible, que se asignará con carácter único y por tiempo indefinido.
La referida identificación se generará en el Registro de números de identificación profesional y se asignará al personal de la especialidad Agentes del Medio Natural en el momento de toma de posesión como personal funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria y figurará en su expediente personal y servirá tanto para su identificación ante los ciudadanos como para la realización de aquellos actos administrativos internos relacionados con sus funciones.
También, se crea también el Registro de Números de Identificación Profesional de Agentes del Medio Natural (RNIP) que es único, de carácter no público, oficial, y permanentemente actualizado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dicho registro contendrá los datos identificativos de los funcionarios del cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural, escala de Agentes Medioambientales, y servirá para general el NIP correspondiente a cada uno de ellos. El uso de los datos contenidos en el mismo se hará de conformidad con la legislación en materia de protección de datos y con las debidas garantías establecidas en la legislación vigente.
Su finalidad consiste en disponer de una base de datos que permita generar y contener los números de identificación profesional del personal funcionario que realice sus funciones como Agente del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de Cantabria y los datos contenidos en el Registro serán responsabilidad del Servicio de Coordinación de la Dirección General de Montes y Biodiversidad, dónde se designará a la persona o personas responsables de su tratamiento.

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